martes, 10 de enero de 2017

¿Puede aceptar un Cristiano la Pena de Muerte?


“No Matarás”
(Ex. 20, 13)



            El sistema político ha ido caminando para buscar una mejora en la seguridad social, evitar crímenes y mantener el orden de toda persona. No haciendo a un lado en ello ciertos castigos en materia de delincuencia. Penas que van desde prisión, servicios comunitarios y contemplando tristemente la pena capital o llamada pena de muerte.

            Un cristiano, ¿puede estar a favor de la pena de muerte? Es cierto que todo delito tiene una consecuencia y por ende un castigo. Y espiritualmente, pena por el pecado es la muerte eterna. Y sin embargo, humanamente, ninguna persona tiene poder sobre la vida, ninguna otra persona aun siendo las mismas leyes la que permitan esto, pues toda ley, como enseña Santo Tomás de Aquino, tiene su principio y su fin en la naturaleza misma, para el bien común de todos.
           
El Papa Juan Pablo II, en su Carta Encíclica “Evangelium Vitae”, denuncia la pena de muerte como inaceptable para el católico. No soluciona en manera alguna para hacer prevalecer el orden público, sino que le encamina a una desacralización de la dignidad propia del hombre; enseña el Catecismo de la Iglesia Católica:  La vida humana ha de ser tenida como sagrada, porque desde su inicio es fruto de la acción creadora de Dios y permanece siempre en una especial relación con el Creador, su único fin. Sólo Dios es Señor de la vida desde su comienzo hasta su término; nadie, en ninguna circunstancia, puede atribuirse el derecho de matar de modo directo a un ser humano inocente” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Instr. Donum vitae,  intr. 5). (No. 2258); Causar la muerte a un ser humano es gravemente contrario a la dignidad de la persona (CIC, 2320)

            Nadie, por más grave que sea el delito merece la muerte, sino la sanción equiparable al delito, y vigilar por su salud tanto emocional como espiritual, de manera que profundice en la gravedad de su acto y busque enmienda segura de su vida aun pese a la condena que le sea impuesta purgar por sus actos. Más no deliberadamente, por manos de la autoridad competente, sea quien fuere, tomar la vida de otro hombre para motivar al escarmiento de posibles actos o rebeldías que se puedan cometer.  Aun cuando la historia misma nos ponga esos ejemplos tan atroces de guerras y persecuciones como se han suscitado en la humanidad.

 
            Es deber y obligación de los Gobiernos, legislar reformar y leyes dignas a la persona, y es obligación también de los fieles, exigir a los gobernantes leyes acorde a las verdaderas necesidades del pueblo, no solamente que respalden minorías, sino también en la escucha del bien popular, y que garanticen el estado de derecho y la libertad de cada uno en conciencia moral y espiritual. Siempre prevaleciendo la moral y las buenas costumbres, sin convertirse en una mera dictadura de minorías que lejos de establecer un orden lo alteran por meros intereses partidarios, económicos y potenciales de privilegios mal sanos.

            Siempre es valor superior la vida humana, en su esencia moral y espiritual. Ni un individuo puede moralmente agredir a otro igual, ni tampoco siendo aún las Leyes aplicarías en este aspecto, tienen jurisprudencia moral. Creados en Dios, a imagen y semejanza suya, y el homicidio en cualesquiera de sus variantes es sangre que clama al cielo, buscando de Dios mismo la sola justicia, que debe velar en las mismas legislaciones sociales. Si al castigo como pago del delito, más no la vida como pago de este, aun siendo meritorio en alguna manera.



Mauricio Parra Solís



            Mexicali, B.C., 10 enero de 2017. 

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